COMENTARIO A PARÁGRAFO 2 (tercera parte)
De la distinción entre el origen fenomenológico y el origen psicológico
del tiempo: el cruce de la tesis metafísica
(Tercera parte)
Verónica Arís
A partir del primer parágrafo, en lo relativo la suspensión
de las tesis metafísicas en torno al “tiempo”, ya sabemos que debemos
desconectar el tiempo objetivo para que podamos recuperar el dato absoluto del
tiempo. ¿Cuál es el dato absoluto del tiempo? Las aprehensiones de tiempo.
Pero yo he
agregado en algunos comentarios que el rigor metodológico es radical para la
donación fenomenológica debido a su densidad ontológica. Cierto es que la
donación no tiene que ver con nada místico, ni raro en términos existenciales.
Aparece simplemente cuando nos disponemos en una actitud que permite dejar que
se muestre nuestra vivencia tal y como es. Esa actitud se consigue tras
suspender todo interés metafísico o tesis metafísica.
Sin embargo, esto lo he señalado
no sólo para remarcar la posibilidad de la donación, sino también en vistas a la
posibilidad de la permanencia en la reflexión fenomenológica que es necesaria
para también hacer frente a la tendencia metafísica para con las descripciones fenomenológicas
conseguidas. Sería un despropósito convertir la descripción fenomenológica
desprejuiciada en una plataforma para una teoría de la mente que prejuzga lo
que vivimos. De manera que, tanto para seguir avanzando en nuevas descripciones
como para llenar de sentido lo que leemos en Husserl y por tanto autentificar
las indicaciones conceptuales que de otro modo se mantendrían vacías en una
hueca formalidad, la suspensión de las tesis metafísicas ha de mantenerse. Digamos
que: no hay fenomenología sin este método. La fenomenología es este método. Si
no hay método no hay fenomenología, sino tan sólo teoría en el sentido moderno
del término.
Entonces
uno podría preguntarse: ¿qué estatuto tienen las descripciones husserlianas?
¿Cuál es el sentido de una fenomenología si a final de cuentas no puedo afirmar
asertóricamente esto o aquello sobre la conciencia? Para dar respuesta a estas
preguntas hay que considerar varios aspectos.
En primer lugar, para Husserl la
fenomenología vale como una descripción provisoria, como una exploración, como
un boceto. Y ello se debe tanto a la mantención de la actitud fenomenológica,
como también a que mutatis mutandi
las descripciones también hacen su efecto en la totalidad considerada. De
manera que la fenomenología es más bien un camino de ida, y no un catálogo de estructuras
de la conciencia, como si fuera un baúl de dimensiones fijas conocidas.
Ahora bien, aunque a simple vista
parezca contradictorio, las leyes que son afirmadas por la fenomenología buscan
serlo de la manera más segura y firme posible, de manera que sí se pueda
establecer un conocimiento cierto de carácter a priori universal.
Esto puede ser difícil de aceptar
epistemológicamente. ¿Cómo puede ser que un conocimiento universal que aspira a
concretar un conocimiento apodíctico sea él mismo la descripción de una exploración
y nada más que eso? ¿Acaso aquí no hay al menos una contradicción? Este “misterio”
o encrucijada, que aparenta ser no sólo una contradicción sino también
contrariedad, se debe justamente a la profundidad de la desconexión de las
tesis metafísicas. Cierto es que lo que la fenomenología logra como
conocimiento puede ser irrebatible, pero la fuerza de ese conocimiento no está
en la mera forma del mismo, sino en la donación de ella. He ahí el asunto. La
cuestión está en que se manifieste. Por lo general, lo que comúnmente se olvida
cuando se estudia a este autor es la manifestación-donación. La disposición
teórica del lector muchas veces devora las estructuras proyectándolas a un mero
trabajo conceptual, perdiendo de vista el sentido profundamente filosófico de la
fenomenología, esto es, su sentido vital. La fenomenología exige una modificación de la
experiencia, modificación que ya iremos observando con detalle.
DEMARCACIÓN GENERAL DEL DESCUBRIMIENTO DE LEYES A PRIORI EN
FENOMENOLOGÍA
Ahora bien, en el parágrafo 2 encontramos el siguiente
pasaje:
“Al dominio de la fenomenología
pertenece precisamente esta descripción: la de que los actos en cuestión mientan este o aquel rasgo “objetivo”,
y, más exactamente, la mostración de las verdades aprióricas que pertenecen a
los distintos momentos constitutivos de la objetividad.”
¿En qué
sentido está aquí Husserl usando el término “verdades aprióricas”? ¿Acaso se
refiere a alguna verdad inamovible que se mantiene estante y presente de un
modo universal? Leamos un poco más:
“Nosotros buscamos hacer claridad sobre el a priori del tiempo explorando la conciencia del tiempo, sacando a la luz su constitución esencial y
poniendo de manifiesto los contenidos de aprehensión y los caracteres de acto
específicos, en su caso, del tiempo, a los que pertenecen por esencia las leyes
aprióricas del tiempo.”
a)
Observación
respecto de las leyes a priori de la fenomenología.
En términos generales, para la fenomenología las verdades
aprióricas no son otras que las descripciones constitutivas mismas, cuya
universalidad permite establecerlas como leyes prescriptivas de la vivencia
posible, y cuya imposibilidad es inconcebible. ¿Qué significa esto de “cuya
imposibilidad es inconcebible”?
Hagamos un mini-recuento. Habíamos
dicho lo importante que era el rigor descriptivo en la exploración
fenomenológica, y que en ella la acción de reconocer hacía imprescindible que
suspendiéramos toda tesis de certeza. Y habíamos dicho también que tal
desconexión permitiría la donación de la vivencia. Pero no hemos dicho aún cómo
es que esta vivencia se va a mostrar en tanto que vivencia posible y no
solamente como esta vivencia particular que vivo yo ahora.
Tanto para
definir la vivencia posible como para confirmar la credibilidad de las leyes
que estaríamos reconociendo y en el orden en el que las estamos reconociendo,
debemos añadir otra parte del método fenomenológico, que ciertamente no está
desarrollada aquí en las Lecciones de
1905, sino más adelante, como por ejemplo en Lógica formal y Lógica trascendental (1929). Esa parte se centra en
lo que hay que ver para hacer la descripción, en otras palabras, qué es lo que
debo tener a la vista, qué es lo que busco cuando me sumerjo a mi propia vida
de conciencia. Respecto de este “qué es lo que ha de estar a la vista” les voy
a indicar aquí lo que para mí son los aspectos fundamentales de esa otra parte
del método y con la que las subsecuentes reducciones fenomenológicas encuentran
su razón de ser:
(i)
Debemos centrarnos en la vivencia en tanto
vivencia, y quizás comenzar no con asuntos relativos a mi yo personal, sino a
mi yo trascendental, como un polo de irradiación desde el que me oriento, pero
que como forma sirve para todo yo posible, y no solo para mí con mi historia
personal. Puedo siempre ser mi yo personal, pero lo que entra en consideración
en primera instancia son las estructuras más básicas, más generales. Desde allí
puedo eventualmente ir mirando cómo me descubro a mí misma como yo personal
instituido como habitualidad afectada y afectante.
(ii)
Centrados en la vivencia y desde este yo
trascendental hemos de considerar el sistema de evidencia. Al principio esto no
se entiende muy bien en general en fenomenología, por eso aquí lo remarco: el
sistema de evidencia no es una maquinita con la que compruebo si mi juicio
acerca de la cosa tiene validez o no, como si fuera un tester de conocimiento
empírico. El sistema de evidencia es el sistema con el cual se nos muestra la
vivencia. Hemos hablado de que Husserl decide sumergirse en la experiencia
auténtica, ¿cierto? Bueno, esa autenticidad -por ejemplo, con la que se me
muestra la percepción, la cual me dona la cosa en persona aquí y ahora- va a
mostrar una doble estructura sistémica: una relativa al objeto, como el sistema
de donación objetiva, y otra relativa al sujeto, como el sistema de donación de
los actos correspondientes a la donación objetiva y su estructura (y si se
quiere por ahora: caracteres de aprehensión). Y ambos sistemas están
relacionados por el que se conoce con el nombre de a priori de la correlación. Como
se supondrá este a priori de la correlación progresa en las descripciones de
Husserl el cual comienza con la advertencia de la correlatividad que parece
tener lo que vivo objetivamente y los caracteres de aprehensión que en este
libro se acuña como dato absoluto del tiempo dato fenomenológico del tiempo.
(iii)
Y ya vislumbrando esa correlatividad, tenemos
entonces lo que se denomina metodológicamente como variación imaginaria, cuyo
ejercicio extrema las posibilidades formales de consideración, demarcando el
campo de posibilidad de la estructura que estamos reconociendo.
(iv)
Entonces, y sólo entonces (luego de (i), (ii), y
(iii)), tenemos algo así como una ley a priori sobre un asunto, en este caso,
del tiempo, en sentido fenomenológico.
b)
Las
leyes aprióricas del tiempo como pertenecientes a las leyes constitutivas
fenomenológicas
Pero en el pasaje citado Husserl se está refiriendo a otro
tipo de leyes a priori. Volvamos a leerlo:
“Nosotros buscamos hacer claridad sobre el a priori del tiempo explorando la conciencia del tiempo, sacando a la luz su constitución esencial y
poniendo de manifiesto los contenidos de aprehensión y los caracteres de acto
específicos, en su caso, del tiempo, a los que pertenecen por esencia las leyes
aprióricas del tiempo.”
Uno podría
indicar aquí que se trata de las tradicionales leyes a priori que si pretenden
sostener metafísicamente la existencia de algo. Y de acuerdo a esto Husserl
ejemplifica las leyes a priori del tiempo que podrían encontrar su fundamento
en la investigación fenomenológica, a saber:
-
El orden temporal fijo es una serie
bidimensional infinita.
-
Que dos tiempos diferentes nunca pueden ser
simultáneos.
-
Que su relación es no simétrica.
-
Que en el tiempo rige la transitividad.
-
Que todo tiempo tiene un tiempo anterior y otro
posterior.
No obstante, ¿es menester de la
fenomenología dar garantía a estas leyes? Y si la fenomenología al liberarse de
los prejuicios avanzase en otro nivel ¿podría establecer la extensión del campo
de validez de estas leyes? ¿Qué piensa usted?
¡Hasta la próxima!
Con cariño,
Verónica Arís
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